Martes, 27 de Xuño de 2006
A los Grupo Políticos en el Congreso de los Diputados.
Carrera de San Jerónimo
Madrid.
Nota previa: Este escrito fue entregado entre las 14,00 y las 15,00 del 27 de junio en la sede de todos los grupos políticos del Congreso, en el numero 40 de la Carrera de San Jerónimo. Al grupo de IU que se le entregó a las 12,30 en la entrevista con Gaspar Llamazares.
El escrito a IU es idéntico a este en sus dos primeras páginas. En la página final se diferencia en alguno de los últimos párrafos que aluden a la petición deque solicite la comparecencia de responsables del Ministerio de Industria y en uno dossieres anexos de documentación y fotos, que a IU se acompañan para preparar dicha comparecencia. Tras 5 anos de actividades del Cté. Ciudadano sólo IU ha sido receptivo con las inquietudes que representamos ante las amenazas de Reganosa.
Luz Marina TORRENTE LOPEZ, en nombre y representación de la “PLATAFORMA DE VECIñOS O CRUCEIRO DE MEHA (MUGARDOS)”, provincia de A Coruña, les comunica:
Dentro de la Ría de Ferrol, la Empresa Reganosa, con una autorización de 13 de febrero de 2004, está construyendo una Planta de Regasificación en el lugar de Punta Promontorio, Municipio de Mugardos, a 1.200 metros de la ciudad de Ferrol, con un proyecto de almacenamiento de 600.000 metros cúbicos de Gas Natural Licuado, en un espacio rodeado de población, amenazando la vida de miles de ciudadanos y el medio de vida de casi mil familias que viven de la extracción del marisco, peligro que aumentaría por la entrada de un gran numero de buques gaseros para suministro de dicha planta.
Para llevar a cabo su pretensión, la empresa Reganosa ha contado con la complicidad de los anteriores gobiernos central del Sr. Aznar y el Auntonómico del Sr. Fraga, a pesar de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que en junio de 2004 anuló la falsa tramitación medioambiental para Reganosa realizada por la Conselleria de Medioambiente de la Xunta de Galicia, quienes recurrieron al Tribunal Supremo, mientras tanto Reganosa ha acelerado las obras y estos meses ha anunciado la entrada en funcionamiento para el año 2007, con prueba de descarga de gaseros para finales del 2006.
El Comité Ciudadano de Emergencia para la Ría de Ferrol se ha constituido en el año 2001, con la presidencia honoraria del General D. José Gabeiras Montero, fallecido recientemente, y viene realizando actuaciones administrativas y judiciales, apoyado por una Asamblea Ciudadana en la que se integran más de 50 entidades ciudadanas, culturales y ecologistas. Las distintas instituciones, Gobierno Central, Autonómico de Galicia, Comisión Europea y Defensor del Pueblo conocen el problema.
Los actuales Gobiernos, Central y de la Xunta de Galicia, permiten siga creciendo esa amenaza a la población de la Ría de Ferrol. Las respuestas que distintas asociaciones estamos recibiendo del Ministerio de Industria y de la Presidencia del Gobierno, erróneamente dan por hecho que los procedimientos “se han realizado con normalidad” y que están a la espera de la decisión del Tribunal Supremo, las sentencias en los once contenciosos admitidos a tramite, o la decisión de la Comisión Europea en el expediente que desde el año 2003 tiene abierto contra el estado español, porque Reganosa vulnera las directivas europeas 85/337/CEE de evaluación de impacto ambiental y la 96/82/CE de prevención de riesgos de accidentes graves (Seveso II) transpuesta al Real Decreto 1254/99 de 16 de julio.
Ante el bloqueo de los principales medios de Galicia en relación con esa barbaridad, y que a Reganosa le falta la autorización de funcionamiento que tiene obligación de solicitar al Ministerio de Industria según el Real Decreto 1434/2002 , hemos venido a Madrid para solicitar de dicho Ministerio que paralice las obras de Reganosa y no autorice su entrada en funcionamiento a la vista del dossier que hoy le entregamos, de fotos de población próxima alrededor de donde Reganosa construye su disparatada Planta, cuando se esta finalizando la construcción del Puerto Exterior en Cabo Prioriño, que tuvo su origen en el año 1994 para ubicar allí una Planta de Gas, la cual ahora con la tecnología OFF-Shore también puede ubicarse en el mar abierto del Golfo Ártabro.
En la autorización de construcción de 13 de febrero de 2004 existen condicionados de imposible solución con la ubicación caprichosa elegida por los promotores dentro de la Ría de Ferrol, quienes a modo de subterfugio hacen ostentosa publicidad de lo avanzado de las obras y de los puestos de trabajo durante su construcción, lo cual es falso pues esos mismos o más puestos de trabajo se obtienen con la construcción de la Planta de Gas en el lugar previsto en el Puerto Exterior de Cabo Prioriño, sin los efectos negativos económicos que la ubicación de Regana puede producir en el sector marisquero destruyendo unos mil puestos de trajo actuales y abortando otros 1.500 adicionales que se incrementarán una vez que en el año 2009 esté realizado el saneamiento integral de la Ría de Ferrol. Vease el boletín nº 12 del anexo nº 1.
El sector turístico, muy infrautilizado en la Ría de Ferrol, también recibiría un fuerte golpe y efecto negativo en el caso de que Reganosa llegase a entrar en funcionamiento, las perdidas no están todavía calculadas, pero se estima que son muy superiores a los beneficios que puede aportar Reganosa. El yacimiento Romano de Caldoval esta amenazado de destrucción por una segunda fase en el proyecto de Reganosa. El actual Director Xeral de Patrimonio de la Xunta, Felipe Arias, coincide con nosotros en que el yacimiento romano de Caldoval debe ponerse en valor “in situ”, en vez de un traslado que Reganosa pretende, lo que provocaría que perdiese su valor. Según expertos arqueólogos consultados, este yacimiento romano de Caldoval puesto en valor “in situ” puede producir para Mugardos una riqueza turística de mucho mas valor de lo que para este municipio puede aportarle Reganosa. Véase el boletín nº 12 del Comité Ciudadano que se acompaña como anexo nº 1.
En el escrito presentado hoy por registro al Ministro de Industria le recordamos que, según la cláusula 8ª de la Autorización administrativa previa, la Administración se reserva el derecho a dejar sin efecto dicha autorización por irregularidades que dicha cláusula cita y que entendemos existen en el caso de Reganosa y de las que mas adelante se exponen unas muestras.
Los actuales Gobiernos Central y de la Xunta de Galicia, en lugar de asumir el atípico y peligroso caso de Reganosa, tienen la opción y el deber de revisar las irregularidades del expediente acumulado en el Ministerio de Industria y asimismo las falsedades en los informes de los seis organismos consultados en los años 2001 y 2003, camufladas en las autorizaciones administrativa previa y la de construcción en forma de condicionados que no existen en las autorizaciones de otras Plantas de Gas, como por ejemplo la de Bilbao.
En particular el Ministerio de Industria debe solicitar se revisen los informes de la Xunta de Galicia, de la Autoridad Portuaria de Ferrol y del Ministerio de Defensa.
El informe del Ministerio de Defensa se escuda en el irregular informe de la Autoridad Portuaria, e insinúa unos condicionados sobre la peligrosidad de la Planta, pero ha sido realizado pese a que existe un anterior informe del 25 de agosto del año 1999 contrario a la ubicación pretendida por Reganosa, realizado por el entonces Jefe de Estado Mayor de la Zona Marítima del Cantábrico, D. Pedro Español Jofre de Villegas, cuya conclusión es que el proyecto de Reganosa afecta a la zona próxima de seguridad del Arsenal Naval Militar y es una amenaza para la población de Ferrol. Tal informe, que se acompaña como anexo 2, el 26 de agosto de 1999 fue enviado al AJEMA por el entonces Almirante Jefe de la Zona Marítima del Cantábrico D. Rafael del Morales Romero, significando que suscribía el informe y que la Planta Regasificadora se ubicase en los terrenos de Cabo Prioriño que la Armada había vendido a ENAGAS para ubicar en ellos una Planta de Gas.
Los informes de la Dirección Xeral de Industria y la Dirección Xeral de Urbanismo de la Xunta de Galicia, entendemos que han sido hechos para favorecer a Reganosa a costa de hacer dejación de sus competencias en las distancias suficientes que deben existir desde las industrias peligrosas hasta la población, según requiere el artículo 12 de la directiva 96/82/CE (Seveso II) transpuesta al Real Decreto 1254/99 de 16 de julio. Asimismo dichos organismos autonómicos han hecho dejación de sus competencias en la aplicación del articulo 4 del Reglamento de Actividades Peligrosas, (RAMINP) que en España requiere mas dos kilómetros, sin que sean posibles ni creíbles las medidas correctoras a las que alude el informe de la Dirección Xeral de Industria, sin definirlas ni justificarlas, y en cuyo informe se escuda la Dirección Xeral de Urbanismo a la vez que advierte que es necesario conocer los riesgos que puede suponer Reganosa para los espacios con población próxima y que de resultar afectados propone cambiarlos de uso para que puedan soportar los riesgos de Reganosa, es decir, lo contrario de lo que requiere el articulo 12 de la Directiva Seveso II y el articulo 4 del RAMINP o Reglamento de Actividades M;olewsltas, insalubres nocivas y Peligrosas. Vease la sentencia del Tribunal Supremo de 1 de abril de 2004 en relacin con una Depuradora en Aranda de Duero, según dicha sentencia no son validables distancias menores a dos kilómetros, y que las medidas correctoras deben justificarse y demostrar previamente que son posibles para evitar los riesgos a esa menor distancia, asimismo que por decisión municipal no se puede reducir la distancia de dos kilómetros que requiere el articulo 4 del RAMINP.
También deben ser revisados los falsos informes de octubre de 2001 y enero de 2004 de la Autoridad Portuaria de Ferrol, quien no ha respondido a la pregunta que expresamente le hizo la Dirección General de Política Energética y Minas en un escrito de 15 de octubre de 2001, en cuanto a si con el proyecto de Reganosa era posible cumplimentar la norma EN-1532, según la cual los gaseros en caso de emergencia durante la descarga podrían salir a mar abierto rápidamente y por sus propios medios. En el primer informe la autoridad portuaria responde con la misma pregunta, sin garantizar que se pueda cumplimentar dicha norma EN-1532, y dice que no es necesario dragar el canal de entrada a la Ría. En el segundo informe, copiado de un estudio de la empresa holandesa Marin incluido en la correspondiente separata del proyecto constructivo de Reganosa, la Autoridad Portuaria de Ferrol informa como tapadera que debe hacerse un dragado del canal de entrada para lograr mayores calados. Disponemos de un informe de un Capitán de la Marina Mercante que acompañamos como anexo 3 según el cual en caso de emergencia durante la descarga con la ubicación de Reganosa no es posible cumplimentar la norma europea EN-1532, mientras que en el Puerto Exterior de Cabo Prioriño es posible al estar prácticamente en mar abierto. Por otra parte también nos han informado técnicos en la materia que sería un inútil ese dragado, pues los grandes gaseros no podrían salir a mar abierto rápidamente y por sus propios medios por un canal sinuoso de cuatro kilómetros de largo y 150 metros de ancho entre bollas, donde estos grandes buques a su mayor velocidad en una trayectoria curva de poco radio podría irse contra las rocas, por lo cual su velocidad no podría pasar de 5 nudos y necesitaría la ayuda de cuatro remolcadores.
Todos estos requisitos a modo de muestra son imposibles de cumplimentar en la ubicación de Reganosa. A la vista de dichas irregularidades, el Ministro de Industria o el Consejo de Ministros deben resolver paralizar las obras de Reganosa y negarle la autorización de funcionamiento a la Planta de Gas que dicha empresa construye adosada a un Complejo Petroquímico ya existente en ese mismo espacio con un almacenamiento de 300.000 m3 de combustibles y otros productos químicos, cuya concesión marítimo terrestre caduca el 13 de julio de 2017, es decir dentro de once años. Véase el informe técnico medico que se acompaña como anexo nº 4.
Hoy tendremos una entrevista con el Grupo Parlamentario de IU, quien el pasado día 22 ha presentado por registro una pregunta al Gobierno. Pediremos al Grupo de IU que solicite la comparecencia de los responsables del Ministerio de Industria, a fin de que se revisen las irregularidades del expediente desde el año 1999, y en los informes de los seis organismos consultados en los años 2001 y 2003, antes y respectivamente de la Administrativa Previa de 3 de junio de 2000 y la de construcción a de 13 de febrero de 2004, otorgadas ambas a Reganosa por la Dirección General de Política Energética y Minas, donde deben conocer todos los antecedentes de las autorizaciones a Reganosa firmadas el 3-6-02 y 13/2/2004.
En nuestro paso por Madrid nos dirigimos a los grupos en el Congreso de los Diputados, para que conozcan el riesgo de catástrofe en la Ría de Ferrol en el caso de que Reganosa llegase a entrar en funcionamiento, a fin de solicitarles su apoyo y los esfuerzos necesarios para evitar futuras tragedias ante la indolencia reiterada de quienes, como en el caso de Reganosa, tienen como objetivo el beneficio inmediato por encima de otras consideraciones esenciales, como la vida de miles de ciudadanos o la riqueza natural de la Ría, de la que viven mil familias y que en próximos años pueden ser más del doble, una vez esté hecho su saneamiento integral
Madrid 27 de junio de 2006.
Fdo ) Luz Marina TORRENTE LOPEZ
Anexos:
Nº 1.- Boletín nº 12, del Comité Ciudadano con información grafica de la amenaza que supone Reganosa para la vida humana, y para la riqueza marisquera y turística de la Ría de Ferrol.
Nº 2.- Escrito de 26-8-1999 del Almirante Jefe de la Zona Marítima del Cantábrico e informe de 25/9/1999..
Nº 3.- Informe del capitán de la Marina Mercante, Ignacio Bugallo Paz.
Nº 4.- Informe técnico medico del Doctor Carlos Piñeiro, presidente del Club Eurosaude de Ferrol.
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Blog do Cté. Cidadán de Emerxencia para a Ría de Ferrol. Plataforma que agrupa a máis de medio centenar de entidades locais contra a ubicación dunha planta de gas de Reganosa no interior da ría ferrolá.
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